El alumbrado público es un servicio no domiciliario que tiene como fin iluminar lugares de libre circulación,como las vías públicas, los parques y los espacios que se encuentren a cargo del municipio.
Esto para permitir actividades nocturnas dentro del perímetro urbano y rural, proporcionando iluminación que brinde la sensación de seguridad en los peatones y una adecuada visibilidad a los conductores de vehículos en zonas de alta circulación.
La iluminación de zonas comunes en las unidades inmobiliarias cerradas, edificios o conjuntos residenciales, comerciales o mixtos, no hace parte del servicio de alumbrado público y está a cargo de la copropiedad o propiedad horizontal. También se excluyen del alumbrado público las carreteras que no estén a cargo del municipio o distrito.
Los municipios o distritos, son responsables de la prestación del servicio de alumbrado público en condiciones óptimas. Estos podrán prestar, directa o indirectamente, a través de empresas de servicios públicos domiciliarios u otros prestadores del servicio de alumbrado público.