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Cambio de comercializador

Tú puedes elegir libremente el comercializador que deseas que te atienda o cambiarlo cuando así lo desees, según la resolución CREG 108 de 1997 articulo 15 y resolución CREG 156 de 2011.

El comercializador de energía tiene como función comprar energía eléctrica en el mercado mayorista y venderla al usuario final, actuando como intermediario entre los agentes que producen y transportan la energía, con el cliente de uso final. Dentro de sus servicios, está garantizar el suministro al usuario, realizar la lectura correcta de consumos, facturar y recaudar el costo de la energía, atender las peticiones, quejas y recursos de los clientes, calcular y reconocer a los clientes las compensaciones por la calidad de servicio brindada por el distribuidor de energía entre otras.

por otra parte, el operador de red (distribuidor de energía) es regulado por la creg y es único en cada mercado de comercialización, siendo quien se encarga de la planeación, la expansión, las inversiones, la administración, la operación y el mantenimiento de los activos eléctricos que distribuyen la energía en la región.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG expidió la Resolución 156 de 2011, que tiene por objeto:

“Mediante esta resolución se adopta el Reglamento de Comercialización, como parte del Reglamento de Operación, que contiene el conjunto de disposiciones que regulan los derechos y obligaciones de los agentes que realizan la actividad de Comercialización de energía eléctrica.”

Dentro de las disposiciones que incluye la Resolución se encuentra el derecho que tienen los usuarios de cambiar de Comercializador de Energía. Este documento expone la información más relevante sobre este derecho, en cumplimiento del artículo 53 del capítulo II del Título VI de la Resolución. 

Si desea consultar la Resolución 156 de 2011 puede descargarla de la web de CREG en el enlace:

http://www.creg.gov.co/

 

cadena de energía

Comercializador: Empresa de Servicios Públicos, que se encarga de comprar la energía eléctrica en el mercado mayorista, para abastecer la demanda de energía de los usuarios. En otras palabras, la actividad del comercializador es intermediar entre los agentes que producen y transportan la energía y el usuario final que la consume.

Dentro de las actividades adicionales que desarrolla se encuentran:

  • Atender las peticiones, quejas y recursos presentadas por los usuarios.
  • Facturar y recaudar el costo real de la energía consumida.
  • Efectuar los pagos de los valores recaudados entre los agentes que intervienen en la prestación del servicio (Generación, Transmisión, Distribución).

Esta empresa puede estar integrada o no con un distribuidor de energía (Operador de red).

Operador de Red - OR: Empresa de Servicios Públicos, que se encarga de administrar, operar y realizar mantenimiento a los activos eléctricos que conforman el sistema que transporta la energía en una región. De esta forma, el operador de red lleva la energía al usuario final. Es el encargado de brindar calidad y confiabilidad en el servicio de energía.

Mercado Regulado: Esta conformado por todo tipo de clientes (residenciales, comerciales, industriales, oficiales, etc..) con un “bajo” nivel de consumo de energía (<55.000 kWh-mes). Aquí se ubica la mayoría de los usuarios del país. Para este mercado la fórmula tarifaria que rige el cobro del servicio es definida por las resoluciones de la CREG para cada clase de servicio y no hay lugar a descuentos, rebajas, o negociaciones con los clientes. 

Mercado No Regulado: está conformado por los usuarios que tienen consumos superiores a los limites definidos para participar en este mercado. Algunas de las componentes de su tarifa la pactan entre el usuario y el comercializador. 

Independiente del mercado los clientes son libres de elegir su comercializador de energía, cumpliendo los requisitos técnicos y regulatorios establecidos para ello.

  • Con el fin de aplicar la ley y promover los beneficios que trae la competencia entre los comercializadores para los usuarios CREG emitió la Resolución 108 de 1997.
  • Esta Resolución adopta la Terminación Unilateral del Contrato por parte del suscriptor o usuario, por cambio de comercializador.
  • Esto significa que el usuario podrá elegir el comercializador que lo atenderá, independiente del Operador de Red que atienda el mercado de comercialización al que este pertenezca.
  • En el departamento del Quindío existe un único Operador de Red que es la Empresa de Energía de Quindío S.A. ESP responsable de la conexión, operación y transporte de la energía a todos los clientes; no obstante hay pluralidad de comercializadores de energía con los cuales los clientes pueden interactuar para comprar y vender la energía que requieren en su predio.
  • La CREG mediante la resolución 080 de 2019 estable principios y reglas de comportamiento para evitar el abuso de la posición dominante distribuidores-comercializadores presentes en un mercado de comercialización. 
  • Con esto se ratifica y protegen la libertad de elección de los clientes de su comercializador de energía.

Actualmente comercializan energía en el departamento del Quindio los siguientes comercializadores

  • EMPRESA DE ENERGIA DEL QUINDIO S.A. E.S.P. 
  • EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P. 
  • CARIBEMAR DE LA COSTA S.A.S. E.S.P. 
  • NEU ENERGY S.A.S E.S.P 
  • CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. 
  • CEMEX ENERGY S.A.S E.S.P. 
  • DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA DE ENERGIA ELECTRICA S.A. E.S.P. 
  • ENERMAS SAS ESP 
  • ENEL COLOMBIA SA ESP 
  • EMPRESA DE ENERGIA DE PEREIRA S.A. E.S.P. 
  • EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P. 
  • ENERTOTAL S.A. E.S.P. 
  • PROFESIONALES EN ENERGIA S.A. E.S.P. 
  • QI ENERGY S.A.S. E.S.P. 
  • TERPEL ENERGÍA S.A.S. E.S.P. 
  • VATIA S.A. E.S.P.

Puede consultar el listado completo de comercializadores de energía en la página de la superintendencia de servicios públicos domiciliarios.

Si desea consultar los Costos Unitarios –CU los puede descargar de la página web de EDEQ.SA. E.S.P en el enlace:

 

http://www.edeq.com.co/clientes/Tarifas-de-Energía

EDEQ actualmente solo atiende clientes en el Mercado Regulado

 

 

  • Validar Tiempo de permanencia: para poder realizar el cambio de comercializador debe cumplir el tiempo mínimo de permanencia con el comercializador que le presta el servicio, (art. 15 Resolución 108 de 1997, Resolución 131 de 1998, o aquellas que las modifiquen o sustituyan).
  • Notificación: de la decisión de cambio de comercializador.
  • Poder: Autorización al comercializador seleccionado (nuevo) para realizar trámites en su representación ante el distribuidor de energía y el comercializador del cual se retira.
  • Paz y Salvo: es requisito estar a paz y salvo con el comercializador que le presta el servicio de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Resolución 156 de 2011.
  • Pago de consumos: haber garantizado el pago de los consumos facturados y/o realizados y no facturados entre la expedición del Paz y Salvo, y el momento del cambio de comercializador, de acuerdo con el artículo 58 de la resolución 156 de 2011.
  • Código de medida: cumplir con los requisitos del código de medida para la frontera comercial.
  • Solicitudes: atender las solicitudes realizadas por el Operador de Red, de acuerdo con lo establecido en la regulación.
  • Información de contacto e identificación del predio: nombre del titular, copia de la cédula, correo electrónico, teléfono, etc.

EDEQ ha sido comercializadora de energía del Quindío desde 1989, lo que nos ha posicionado como empresa y nos ha permitido construir una oferta de servicios para nuestros usuarios:

  • EDEQ tiene amplias, cómodas y seguras oficinas de recaudo en todo el Quindío y pago por medios virtuales.
  • EDEQ atiende sus inquietudes y necesidades en los Puntos de Servicio al Cliente en todo el Quindío.
  • EDEQ tiene líneas de servicio al cliente disponibles los 7 días a la semana para atender inquietudes, reporte de daños, entre otros.
  • EDEQ tiene atención personalizada integral a través de su ejecutivo de cuenta que le responde a sus requerimientos
  • EDEQ le ofrece un portafolio de servicios acorde a sus necesidades empresariales (Ver Portafolio).
  • Le ofrece venta de energía confiable, continua, eficiente y segura.
  • EDEQ es una empresa solida financieramente y ha estado al lado de los Quindianos desde su constitución
  • EDEQ realiza inversión social en el departamento, y brinda empleo a los quindianos
  • EDEQ realiza gestión ambiental y social apoyando no solo el crecimiento económico sino la construcción de tejido social en el Quindio.
  • EDEQ brinda capacitación permanente a sus clientes
  • EDEQ está comprometida con el desarrollo regional y su gente.

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Si quiere obtener más información de EDEQ como comercializador de energía en el departamento del Quindío puede comunicarse:

  • Teléfono: (6) 741 31 00 Ext. 1258
  • Correo electrónico: edeq@edeq.com.co

Líneas de contacto

Línea Nacional: 01 8000 910115

Gratis desde celular: 115 (Claro, Movistar, Tigo)

Marcación desde fijo o móvil: (606) 746 43 00

Horarios de atención

Sede principal: Servicio al cliente y Recaudo:  Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.

Sábados: Servicios de Recaudo en Sede Principal  y Fundadores de 8:00 a.m. a  12 m.

Horario de notificaciones PQR:  Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. /  1:30 p.m. a 5:00 p.m.

Conoce los horarios de atención

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Es un mecanismo para registrar actos indebidos de los trabajadores y/o contratistas de EDEQ.

Comunícate al 01 8000 522 955, reporta un acto indebido Ingresando aquí

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Empresa de Energía del Quindío S.A ESP.  Carrera 13 Nº 14-17 Armenia (Q), Colombia.
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