Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC): Dependencia del Centro Nacional de Despacho de que tratan las leyes 142 y 143 de 1994, encargada cumplimiento todas las tareas que sean necesarias para el funcionamiento adecuado del Sistema de Intercambios Comerciales (SIC).
Autogenerador a pequeña escala (AGPE): Autogenerador con capacidad instalada o nominal igual o inferior al límite definido por la UPME.
Fuentes No Convencionales de Energías Renovables (FNCER): Son las fuentes de energía, tales como la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, la eólica, la geotérmica, la solar, los mares, hidrógeno verde y azul, de acuerdo con la definición establecida en las leyes de energías renovables en Colombia.
Comercializador: Se encarga de comprar la energía eléctrica en el mercado mayorista, para abastecer la demanda de energía de los usuarios. En otras palabras, la actividad del comercializador es intermediar entre los agentes que producen y transportan la energía y el usuario final que la consume.
Dentro de las actividades adicionales que desarrolla se encuentran:
- Atender las peticiones, quejas y recursos presentadas por los usuarios.
- Facturar y recaudar el costo real de la energía consumida.
- Distribuir los valores recaudados entre los agentes que intervienen en la prestación del servicio (Generación, Transmisión, Distribución).
Créditos de energía: Cantidad de excedentes de energía entregados a la red por un AGPE con FNCER, que se permuta contra la importación de energía que éste realice durante un período de facturación.
Excedentes de energía: Toda entrega de energía eléctrica a la red realizada por un autogenerador, expresada en kWh.
Generación distribuida: Es la actividad de generar energía eléctrica con una planta con capacidad instalada o nominal de generación menor a 1MW, y que se encuentra instalada cerca de los centros de consumo, conectada al Sistema de Distribución Local (SDL).
Generador distribuido (GD). Empresa de Servicios Públicos (ESP) que realiza la actividad de generación distribuida.
Importación de energía: Cantidad de energía eléctrica consumida desde las redes del Sistema Interconectado Nacional por un autogenerador, expresada en kWh.
Mercado No Regulado - MNR: Está conformado por los usuarios que tienen consumos superiores a los definidos para participar en este mercado. Su tarifa la pactan entre el usuario y el comercializador. Los usuarios deciden voluntariamente participar en este mercado.
Mercado Regulado - MR: Este tipo de mercado se define por el nivel de consumo de energía. Generalmente está conformado por el sector residencial, y también se incluye el sector comercial y las industrias con bajos consumos. La fórmula tarifaria es definida por las Resoluciones de la CREG.
Operador de Red - OR: Se encarga de administrar, operar y realizar mantenimiento a los activos eléctricos que conforman el sistema que transporta la energía en una región. De esta forma, el operador de red lleva la energía al usuario final. Es el encargado de brindar calidad y confiabilidad en el servicio de energía.
Valoración Horaria: Cantidades de excedentes de energía que sobrepasen su importación de energía eléctrica de la red en el período de facturación, los cuales se liquidarán al precio horario de bolsa de energía correspondiente.