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Recaudo del servicio de aseo de Montenegro

EDEQ te informa

Informamos a la comunidad de Montenegro que el cobro del servicio de aseo del municipio se incluye en la factura de energía, ya que es una obligación legal de EDEQ.

Ten en cuenta:

  • Cuando el servicio de aseo se incluye en la misma factura de energía, el valor cobrado no lo fija EDEQ, sino el prestador del servicio de aseo.
  • Para facturar y recaudar el servicio de aseo, EDEQ debe firmar un contrato con cada prestador, donde se determina cómo, cuánto y a quiénes se cobra, entre otros aspectos.
  • Un prestador reciente ha solicitado a EDEQ un contrato para la facturación de su servicio de aseo, el cual se encuentra en trámite.
  • EDEQ no es prestador del servicio de aseo en ningún municipio.
  • En EDEQ respetamos los derechos de los usuarios a la libre elección del prestador y a la libre competencia entre prestadores.
  • En los municipios con varios prestadores del servicio de aseo, EDEQ debe incluir los valores a cobrar que cada operador de aseo le reporte, previo contrato de este con EDEQ.
  • Realizamos la facturación y recaudo de manera responsable y transparente.

Si como usuario del servicio de aseo tienes inquietudes, reclamaciones o solicitudes relacionadas con el cobro del servicio de aseo, debes dirigirte a la empresa de aseo identificada en tu factura.

Invitamos a nuestros usuarios a conocer sus derechos y deberes como usuarios del servicio público de aseo, así como los canales de atención, tarifas autorizadas y mecanismos de reclamación, consultando la información oficial disponible en el sitio web de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA: https://www.cra.gov.co 

  1. Inoponibilidad de la factura por parte del facturador tercero: Artículo 146 de la Ley 142 de 1994 y la Resolución CRA 853 de 2018, Art. 6, parágrafo 3 señala que el tercero facturador 'no podrá oponerse a la facturación de un prestador legalmente habilitado' 

  2. Libre competencia entre prestadores del servicio de aseo: Ley 1341 de 2009 y Ley 142 de 1994, junto con pronunciamientos de la Superintendencia de Industria y Comercio, protegen el principio de libre competencia en la prestación de servicios públicos, incluidos aquellos en régimen de competencia como el aseo. 

Horarios de atención

Sede principal: Servicio al cliente y Recaudo:  Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.

Sábados: Servicios de Recaudo en Sede Principal  y Fundadores de 8:00 a.m. a  12 m.

Horario de notificaciones PQR:  Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. /  1:30 p.m. a 5:00 p.m.

Conoce los horarios de atención

Horarios de atención Sede Principal

Servicio al Cliente y Recaudo y Notificaciones PQR

Lunes a jueves: 7:00a.m. a 4:00p.m. en jornada continua.

Viernes: 7:00a.m. a 3:30p.m en jornada continua.

Sábados: Solo Servicio de recaudo de 8:00a.m. a 12m.

Conoce los horarios de atención de cada municipio

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Contacto Transparente

LINEA ANTICORRUPCIÓN

Es un mecanismo para registrar actos indebidos de los trabajadores y/o contratistas de EDEQ.

Comunícate al 01 8000 522 955, reporta un acto indebido Ingresando aquí

También puedes conocer todo sobre la Línea Ética:
Contacto Transparente Ingresando aquí

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