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Solicitud de turno
Simulador Consumo
Informamos a la comunidad de Montenegro que el cobro del servicio de aseo del municipio se incluye en la factura de energía, ya que es una obligación legal de EDEQ.
Si como usuario del servicio de aseo tienes inquietudes, reclamaciones o solicitudes relacionadas con el cobro del servicio de aseo, debes dirigirte a la empresa de aseo identificada en tu factura.
Invitamos a nuestros usuarios a conocer sus derechos y deberes como usuarios del servicio público de aseo, así como los canales de atención, tarifas autorizadas y mecanismos de reclamación, consultando la información oficial disponible en el sitio web de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA: https://www.cra.gov.co
Inoponibilidad de la factura por parte del facturador tercero: Artículo 146 de la Ley 142 de 1994 y la Resolución CRA 853 de 2018, Art. 6, parágrafo 3 señala que el tercero facturador 'no podrá oponerse a la facturación de un prestador legalmente habilitado'
Libre competencia entre prestadores del servicio de aseo: Ley 1341 de 2009 y Ley 142 de 1994, junto con pronunciamientos de la Superintendencia de Industria y Comercio, protegen el principio de libre competencia en la prestación de servicios públicos, incluidos aquellos en régimen de competencia como el aseo.