Edición No 3 – marzo 16 de 2026
Autogeneradores del Quindío deben registrarse ante EDEQ
EDEQ Grupo EPM, en su rol como operador de red en el Quindío, invita a todos los usuarios que cuenten con sistemas solares conectados a la red y que aún no han realizado el reporte de conexión como Autogenerador ante la Empresa, a realizar el trámite respectivo de vinculación, esto con el fin de dar cumplimiento a los requisitos legales y seguridad eléctrica en la operación; esta es una obligación para todos los usuarios que tengan paneles solares u otra fuente de autogeneración y que su sistema esté interconectado a la red.
Gracias a las acciones de inspección que EDEQ ejecuta en terreno, se han identificado usuarios que instalan sistemas de autogeneración conectados a la red sin realizar el trámite de registro ante el operador de red.
El caso que generó la alerta se produjo en días pasados cuando en medio de unas labores técnicas en redes de media tensión sin energía, personal operativo de EDEQ encontró que un predio con paneles solares no registrados estaba inyectando energía a la red tradicional, situación que de no identificarse oportunamente, pudo generar un accidente eléctrico afectando la integridad de los trabajadores que intervinieron las redes, así como a los usuarios que reciben energía de ese sistema de panel solar.
Legislación para Autogeneradores
En Colombia, la conexión y operación de Autogeneradores a pequeña escala y generación distribuida está regulada por la Resolución CREG 174 de 2021, que establece un procedimiento simplificado y estandarizado para su conexión y operación; la resolución define que el operador de red debe disponer de un sitio web en el que los Autogeneradores pueden tramitar solicitudes de conexión, contratos y temas asociados a la gestión de su sistema. En la misma resolución se establecen las situaciones que pueden ocasionar que un usuario autogenerador conectado a la red sin realizar el trámite ante el Operador de Red, pueda verse afectado en el suministro del servicio de energía por el incumplimiento tanto de la Resolución CREG 174 de 2021 como del contrato de condiciones uniformes.
Asimismo, el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), exige que este tipo de instalaciones deben ser inspeccionadas y certificadas por un organismo acreditado. El no cumplimiento de estos requisitos por parte de los Autogeneradores es sustento para que el operador de red niegue la conexión por razones técnicas debidamente justificadas; dado que el RETIE tiene como finalidad garantizar seguridad y protección de la vida, la salud y el ambiente.
Trabajo articulado con promotores
EDEQ Grupo EPM mantiene comunicación permanente con los promotores de proyectos solares que operan en el Quindío, con el objetivo de hacer procesos de vinculación más ágiles y que cumplan con las exigencias legales para su conexión.
EDEQ dispone del buzón de correo electrónico [email protected] y de la línea 3106005347 para facilitar la comunicación con los promotores y usuarios interesados.
Sistemas aislados de autogeneración
En el caso de los sistemas de autogeneración aislada, es decir, aquellos que cuentan con energía solar pero que no están conectados a la red; la regulación establece que no deben registrarse ante el operador de red, sin embargo, desde EDEQ Grupo EPM se hace un llamado para que este tipo de sistemas se realicen cumpliendo todos los requisitos técnicos con el fin de garantizar la vida y la seguridad de las personas y los predios en los que habitan.
EDEQ Grupo EPM reafirma su compromiso con una transición energética responsable y segura, por esta razón reitera su invitación para que los usuarios que tienen sistemas solares instalados y que no se hayan registrado, lo hagan a través del sitio web de Autogeneradores, de forma que puedan disfrutar de los beneficios de sus sistemas, además de garantizar la seguridad de las personas.
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